Culiacán, Sinaloa.– En Sesión Pública Extraordinaria del Tercer Periodo Extraordinario de Sesiones, el Congreso del Estado de Sinaloa dio primera lectura a la iniciativa que propone reformar el segundo párrafo del artículo 110 de la Constitución Política del Estado de Sinaloa, en materia del periodo de nombramiento de las y los Síndicos y Comisarios Municipales.
La iniciativa fue presentada por el diputado Kristiam Alexis Espinoza García, integrante del Grupo Parlamentario de Morena.
Objetivo de la reforma
La propuesta plantea que las y los titulares de Sindicaturas y Comisarías Municipales sean nombrados mediante mecanismos de consulta popular dentro de los sesenta días siguientes al inicio del periodo constitucional del Ayuntamiento correspondiente, con el propósito de armonizar su gestión con la administración municipal en turno.
Situación actual
Actualmente, la Constitución local establece que los municipios se dividen en Sindicaturas y Comisarías, encabezadas por síndicos, síndicas, comisarios y comisarias municipales, quienes son designados por un periodo de tres años.
Sin embargo, se expone que en algunos municipios la designación de estas autoridades ha ocurrido hasta quince meses después de iniciado el gobierno municipal, lo que genera desfases en la planeación y ejecución de programas.
De acuerdo con la exposición de motivos, esta desarticulación provoca que dichas autoridades desempeñen su encargo durante dos administraciones municipales distintas, lo que puede fragmentar políticas públicas, dificultar la evaluación ciudadana y afectar la continuidad de proyectos comunitarios.
Convocatoria y procedimiento
La iniciativa establece que el Ayuntamiento respectivo deberá emitir la convocatoria para la consulta popular dentro de los primeros veinte días naturales posteriores a su instalación, con el fin de garantizar certeza jurídica, transparencia y oportunidad en el proceso.
Disposiciones transitorias
En los artículos transitorios se contempla un mecanismo excepcional para homologar los periodos de gestión con los Ayuntamientos que resulten electos en la jornada electoral local de 2027, con el objetivo de asegurar una transición ordenada y sin vacíos institucionales.
Asimismo, se precisa que la reforma no implicaría impacto presupuestal para las finanzas públicas.
Trámite legislativo
El promovente señala que la modificación no altera la duración del mandato ni la naturaleza del cargo, sino que corrige una desarticulación temporal que ha generado ineficiencias operativas, fortaleciendo la planeación territorial, la coordinación institucional y la rendición de cuentas.
La iniciativa fue turnada para su análisis y dictaminación conforme al procedimiento legislativo correspondiente.
