Cabildo aprueba reforma para regular portación de machetes en espacios públicos


La nueva disposición establece criterios para distinguir entre uso laboral y portación indebida, con el objetivo de prevenir delitos sin afectar actividades productivas.

El Cabildo de Ahome aprobó una reforma al Bando de Policía y Gobierno que regula la portación de machetes y otras herramientas punzocortantes, con el objetivo de fortalecer la prevención del delito sin afectar el uso legítimo de estos instrumentos en actividades laborales.

La propuesta fue leída por la regidora Yeniva Gámez López, principal promotora del proyecto, así como por el regidor del PRI, César Emiliano Gerardo Lugo, quien participó en la ampliación de la iniciativa, la cual establece criterios claros para distinguir entre el uso justificado —como en labores agrícolas, de jardinería o mantenimiento— y la portación indebida en espacios públicos, con el fin de evitar interpretaciones ambiguas que pudieran derivar en abusos de autoridad.

 

De acuerdo con el dictamen aprobado, se considerará infracción administrativa portar, transportar o exhibir machetes, hachas, cuchillos, navajas u objetos similares con hoja mayor a 10 centímetros en la vía pública o en lugares de acceso público, cuando no exista una causa justificada y estos representen un riesgo por su capacidad de generar lesiones o intimidación.

 

La reforma también define con precisión las causas justificadas, entre las que destacan el traslado directo entre el domicilio y el lugar de trabajo, así como su uso en actividades lícitas o culturales autorizadas, siempre bajo condiciones de seguridad cuando no estén siendo utilizados.

 

En ese sentido, se enfatizó que la nueva disposición no criminaliza el trabajo, sino que sanciona la portación injustificada en contextos de riesgo, con un enfoque preventivo.

 

Asimismo, se estableció una clasificación de las infracciones en tres niveles de gravedad:

  • Clase A: Cuando la portación se realiza sin causa justificada, pero el objeto se encuentra resguardado, sin exhibición intimidatoria.
  • Clase B: Cuando la portación ocurre en espacios públicos concurridos o el objeto es visible o de fácil acceso.
  • Clase C: Cuando la conducta se presenta bajo efectos de alcohol o sustancias, con intención intimidatoria o en eventos masivos o zonas cercanas a centros educativos.

 

Las sanciones contemplan multas, arresto administrativo o trabajo comunitario, conforme a lo establecido en el marco legal vigente. Con base en el valor actual de la Unidad de Medida y Actualización (UMA), fijado en 117.31 pesos diarios, las multas oscilarán:

  • De 586.55 a 2,346.20 pesos para infracciones Clase A.
  • De 586.55 a 4,692.40 pesos para infracciones Clase B.
  • De 586.55 a 7,038.60 pesos para infracciones Clase C.

 

Las autoridades subrayaron que esta reforma se mantiene en el ámbito administrativo y preventivo, por lo que no sustituye ni interfiere con el sistema penal. En caso de que un instrumento sea utilizado para agredir o causar daño, la conducta será considerada delito y deberá ser atendida por el Ministerio Público.

 

Durante la sesión, regidores coincidieron en que esta medida responde a la realidad social del municipio y fortalece las capacidades de actuación de la policía preventiva, al dotarla de un marco normativo claro que permita intervenir antes de que ocurran hechos de violencia.

 

Finalmente, se destacó que la aprobación de esta reforma busca brindar certeza jurídica tanto a la ciudadanía como a las autoridades, cerrando vacíos legales y privilegiando la prevención como eje central de la seguridad pública en el municipio.

Ahome