Culiacán, Sinaloa-La Comisión de Hacienda Pública y Administración del Congreso del Estado de Sinaloa aprobó por unanimidad el dictamen que reforma y adiciona disposiciones a la Ley de Movilidad Sustentable y Seguridad Vial, así como a la Ley de Hacienda del Estado, con el objetivo de establecer la Licencia de Manejo Permanente para automovilistas y motociclistas.
El costo de esta modalidad será equivalente a 18 veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA).
El dictamen fue aprobado por el presidente de la Comisión, Ambrocio Chávez Chávez, y las y los vocales Víctor Antonio Corrales Burgueño, Erika Rubí Martínez Rodríguez y Rita Fierro Reyes.
Iniciativas integradas
El documento fue elaborado con base en dos iniciativas: una presentada por el gobernador Rubén Rocha Moya y otra por el Grupo Parlamentario del PAN de la actual Legislatura.
Reformas a la Ley de Movilidad
El dictamen contempla la reforma de los artículos 361 (párrafo segundo) y 367, así como la adición de los párrafos tercero, cuarto y quinto al artículo 61 de la Ley de Movilidad Sustentable y Seguridad Vial.
Con estas modificaciones se establece lo siguiente:
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La licencia de chofer tendrá una vigencia máxima de cuatro años.
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La licencia de aprendiz tendrá una vigencia máxima de dos años.
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La licencia para conductor de servicio público de transporte tendrá vigencia máxima de un año.
Asimismo, se dispone que las licencias de automovilista y motociclista podrán expedirse bajo dos modalidades:
Modalidad determinada
Tendrán una vigencia máxima de cuatro años.
Modalidad permanente
Podrá otorgarse únicamente mediante programas especiales establecidos por la autoridad competente, conforme a lo dispuesto en la ley, su reglamento y las disposiciones administrativas aplicables.
Dichos programas deberán establecer:
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Condiciones y requisitos
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Evaluaciones
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Vigencia operativa
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Costos
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Demás disposiciones necesarias para su expedición
La licencia permanente no estará sujeta a renovación periódica; sin embargo, la autoridad podrá suspenderla, revocarla o cancelarla en los casos previstos por la ley, particularmente ante infracciones graves, reincidencia o resoluciones judiciales. Su carácter permanente no generará derechos adquiridos frente a dichas situaciones.
Reforma a la Ley de Hacienda
En lo correspondiente a la Ley de Hacienda, se establece que el costo de la licencia permanente para automovilistas y motociclistas será de 18 UMAS, conforme al valor diario vigente.
